Una sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha revolucionado el criterio utilizado por las aseguradoras al compensar a un asegurado cuyo vehículo ha sufrido un siniestro grave, explica Cinco Días. La principal consecuencia es que el seguro deberá aumentar las indemnizaciones para reparaciones costosas.
Hasta la fecha, las compañías utilizaban como referencia el valor venal del coche, para negarse a pagar reparaciones que superaran esa cuantía, pero el tribunal considera que este criterio no siempre es válido.
En el caso enjuiciado, un ciudadano tuvo un accidente y la reparación del vehículo le costó 6.913 euros. Esta persona tenía un seguro con cobertura de daños propios con franquicia de 600 euros, con Mapfre. El informe del perito estableció que el valor de mercado del turismo era de 2.500 euros antes del siniestro. Teniendo en cuenta el importe de la franquicia, Mapfre ofrecía una indemnización de 1.500 euros, una cuarta parte del coste de la reparación.
El asegurado llevó el caso a los tribunales y un juez de primera instancia le dio la razón y condenó a Mapfre a pagarle 5.682 euros. En segunda instancia, la Audiencia Provincial de Pontevedra ratificó la sentencia.
La Justicia solía dar la razón a las aseguradoras, al considerar que si se paga una indemnización superior al valor de mercado del vehículo, se produce un enriquecimiento injusto del asegurado. Sin embargo, la sentencia desmonta esta teoría al asegurar que “habría enriquecimiento indebido si por el lógico y progresivo desgaste del vehículo, el asegurado gozase de una paulatina reducción de la prima”. Dado que esto no se produce, limitar la indemnización al valor del mercado del coche produce “una evidente falta de correspondencia entre el interés asegurado y aquella prima, y a la postre, un palmario enriquecimiento de la compañía de seguros”.
Desde Eurosiniestro, el despacho de abogados que representaba al asegurado, confían en que la sentencia “marque una antes y un después en lo relativo a la abusiva doctrina del enriquecimiento injusto”. Mapfre y la patronal aseguradora, Unespa, no hacen comentarios.
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martes, 14 de octubre de 2014
miércoles, 28 de mayo de 2014
Estrasburgo valida las grabaciones de aseguradoras para detectar fraudes
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, sentenció hoy que España no vulneró el Convenio Europeo de Derechos Humanos, al rechazar la acciones legales de José Luis de la Flor Cabrera contra la grabación de imágenes suyas por detectives privados, tras sufrir un accidente de tráfico.
De la Flor, que fue atropellado por un vehículo cuando circulaba en bicicleta por Sevilla, en septiembre de 1997, reclamó daños y perjuicios al conductor y a su compañía de seguros, ya que alegó que el accidente le causó una neurosis postraumática, que le producía “un miedo intenso a conducir vehículos”.
La compañía de seguros presentó como pruebas en el juicio vídeos de la vida cotidiana del demandante, grabados por un gabinete de detectives privados, donde aparecía conduciendo una moto, según relata Cinco Días.
Teniendo en cuenta esas imágenes, el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Sevilla condenó en 1999 al conductor a pagar a De la Flor una indemnización menor que la que reclamaba.
Ambas partes recurrieron a la Audiencia Provincial de Sevilla, que consideró “abusivas” las pretensiones económicas del demandante, ya que “sus afirmaciones no estaban apoyadas en ninguna prueba”. Además, dio por buenos el informe y el vídeo de los detectives.
De la Flor presentó un recurso de amparo que fue rechazado por el Tribunal Supremo en 2004.
El demandante, que es abogado y se representó a sí mismo ante el Tribunal de Estrasburgo, argumentó que aceptar como prueba los vídeos grabados sin su consentimiento supuso una vulneración de su derecho a la vida privada y familiar, recogido en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Justificación del tribunal
Pero la corte europea en su sentencia afirma que las imágenes “fueron utilizadas exclusivamente como prueba ante un juez” y “no había riesgo alguno de explotación ulterior”.
Esas imágenes -según los jueces europeos- “tenían la vocación de contribuir de manera legítima al debate judicial”, ya que “contradecían las afirmaciones del demandante”. De este modo, “la injerencia en el derecho del demandante a su vida privada no fue desproporcionada”.
El demandante dispone de tres meses para recurrir la sentencia ante la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo.
De la Flor, que fue atropellado por un vehículo cuando circulaba en bicicleta por Sevilla, en septiembre de 1997, reclamó daños y perjuicios al conductor y a su compañía de seguros, ya que alegó que el accidente le causó una neurosis postraumática, que le producía “un miedo intenso a conducir vehículos”.
La compañía de seguros presentó como pruebas en el juicio vídeos de la vida cotidiana del demandante, grabados por un gabinete de detectives privados, donde aparecía conduciendo una moto, según relata Cinco Días.
Teniendo en cuenta esas imágenes, el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Sevilla condenó en 1999 al conductor a pagar a De la Flor una indemnización menor que la que reclamaba.
Ambas partes recurrieron a la Audiencia Provincial de Sevilla, que consideró “abusivas” las pretensiones económicas del demandante, ya que “sus afirmaciones no estaban apoyadas en ninguna prueba”. Además, dio por buenos el informe y el vídeo de los detectives.
De la Flor presentó un recurso de amparo que fue rechazado por el Tribunal Supremo en 2004.
El demandante, que es abogado y se representó a sí mismo ante el Tribunal de Estrasburgo, argumentó que aceptar como prueba los vídeos grabados sin su consentimiento supuso una vulneración de su derecho a la vida privada y familiar, recogido en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Justificación del tribunal
Pero la corte europea en su sentencia afirma que las imágenes “fueron utilizadas exclusivamente como prueba ante un juez” y “no había riesgo alguno de explotación ulterior”.
Esas imágenes -según los jueces europeos- “tenían la vocación de contribuir de manera legítima al debate judicial”, ya que “contradecían las afirmaciones del demandante”. De este modo, “la injerencia en el derecho del demandante a su vida privada no fue desproporcionada”.
El demandante dispone de tres meses para recurrir la sentencia ante la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo.
lunes, 28 de abril de 2014
Un seguro por los conflictos en las oficinas del paro
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha puesto en marcha una póliza de seguros colectiva para los trabajadores del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) destinados en las oficinas de prestaciones, que garantiza su defensa jurídica en situaciones de agresión verbal o física en su actividad diaria, según informó el sindicato CSI-F en una nota.
El sindicato explicó que esta iniciativa surge tras sus reivindicaciones para hacer frente a “las situaciones conflictivas que afrontan a diario las personas que trabajan de cara al público” y que “atienden a personas en muchos casos, en situación desesperada”, por encontrarse en paro o carecer de derecho a prestaciones o subsidios.
En cualquier caso, los trabajadores del SEPE, como funcionarios, cuentan ya con garantías jurídicas dentro de la Administración Pública, según recordaron fuentes del Ministerio de Empleo a Servimedia. Coincidiendo con la celebración del Día Internacional de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, CSI-F ha obtenido el compromiso de la Administración para poner en marcha un protocolo de actuación para hacer frente a estos casos en el conjunto de las administraciones públicas, dado que desde el comienzo de la crisis este tipo de situaciones conflictivas “han ido en aumento”.
La póliza de seguro ofrecerá asistencia letrada específica garantizando los gastos judiciales y las reclamaciones de daños y perjuicios ante daños corporales, insultos, amenazas, intimidaciones o coacción, daños materiales al vehículo de su propiedad o perjuicios patrimoniales.
En caso de agresión física, Empleo ha habilitado un teléfono especial (902 42 56 27), en el los trabajadores tendrán a su disposición a un abogado para informe del alcance de los derechos que con carácter general le asisten y la mejor manera para defenderse.
Las principales causas de incidentes son la denegación de solicitudes de prestaciones o subsidios, desacuerdo con la información recibida por el empleado público, petición de documentación, solicitud de certificados o carecer de cita previa o presentarse fuera de hora, según destaca CSI-F de un informe de la propia Administración.
Según CSI-F, Empleo es consciente de que el número de comunicaciones oficiales de incidentes por violencia es reducido, 123 en todo 2013, por la creencia de que la denuncia “no sirve para nada”, o por el miedo a las represalias de los usuarios y anima a los trabajadores a denunciar y no tolerar estas situaciones.
En este sentido, dijo coincidir en que las comunicaciones “no reflejan la realidad”, ya que solo en el último año se realizaron más de 13 millones de gestiones cara al público y que se producen llamadas a la policía prácticamente a diario.
El departamento de Fátima Báñez, añade CSI-F, advierte además de que las agresiones se producen en mayor medida sobre mujeres, con un 52% frente al 36,5% de los hombres, al ser mayoría en la plantilla, y recoge en su informe nuevas situaciones que hasta ahora no se habían dado, como la grabación por móvil a los trabajadores, la amenaza de difusión en las redes sociales o la realización de amenazas por dichas redes.
“Como consecuencia de estas situaciones, algunos empleados sufren situación de ansiedad, nerviosismo, angustia, tensión arterial, temor o miedo a represalias, indefensión, menosprecio por el trabajo que realizan a diario o desprotección por no existir vigilantes de seguridad en sus oficinas”, señaló CSI-F.
El sindicato explicó que esta iniciativa surge tras sus reivindicaciones para hacer frente a “las situaciones conflictivas que afrontan a diario las personas que trabajan de cara al público” y que “atienden a personas en muchos casos, en situación desesperada”, por encontrarse en paro o carecer de derecho a prestaciones o subsidios.
En cualquier caso, los trabajadores del SEPE, como funcionarios, cuentan ya con garantías jurídicas dentro de la Administración Pública, según recordaron fuentes del Ministerio de Empleo a Servimedia. Coincidiendo con la celebración del Día Internacional de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, CSI-F ha obtenido el compromiso de la Administración para poner en marcha un protocolo de actuación para hacer frente a estos casos en el conjunto de las administraciones públicas, dado que desde el comienzo de la crisis este tipo de situaciones conflictivas “han ido en aumento”.
La póliza de seguro ofrecerá asistencia letrada específica garantizando los gastos judiciales y las reclamaciones de daños y perjuicios ante daños corporales, insultos, amenazas, intimidaciones o coacción, daños materiales al vehículo de su propiedad o perjuicios patrimoniales.
En caso de agresión física, Empleo ha habilitado un teléfono especial (902 42 56 27), en el los trabajadores tendrán a su disposición a un abogado para informe del alcance de los derechos que con carácter general le asisten y la mejor manera para defenderse.
Las principales causas de incidentes son la denegación de solicitudes de prestaciones o subsidios, desacuerdo con la información recibida por el empleado público, petición de documentación, solicitud de certificados o carecer de cita previa o presentarse fuera de hora, según destaca CSI-F de un informe de la propia Administración.
Según CSI-F, Empleo es consciente de que el número de comunicaciones oficiales de incidentes por violencia es reducido, 123 en todo 2013, por la creencia de que la denuncia “no sirve para nada”, o por el miedo a las represalias de los usuarios y anima a los trabajadores a denunciar y no tolerar estas situaciones.
En este sentido, dijo coincidir en que las comunicaciones “no reflejan la realidad”, ya que solo en el último año se realizaron más de 13 millones de gestiones cara al público y que se producen llamadas a la policía prácticamente a diario.
El departamento de Fátima Báñez, añade CSI-F, advierte además de que las agresiones se producen en mayor medida sobre mujeres, con un 52% frente al 36,5% de los hombres, al ser mayoría en la plantilla, y recoge en su informe nuevas situaciones que hasta ahora no se habían dado, como la grabación por móvil a los trabajadores, la amenaza de difusión en las redes sociales o la realización de amenazas por dichas redes.
“Como consecuencia de estas situaciones, algunos empleados sufren situación de ansiedad, nerviosismo, angustia, tensión arterial, temor o miedo a represalias, indefensión, menosprecio por el trabajo que realizan a diario o desprotección por no existir vigilantes de seguridad en sus oficinas”, señaló CSI-F.
viernes, 25 de abril de 2014
El seguro de transportes obtuvo en 2013 un volumen de primas de 439 millones
El Seguro de Transportes obtuvo un volumen de primas de 439 millones de euros en 2013, experimentando un decrecimiento del 4,7% con respecto a 2012, con disminuciones también en todas las modalidades: -1,4% en mercancías, -4,7% en marítimo y -10,6% en aviación.
Fuente: ICEA
El importe de la siniestralidad conjunta del Ramo de Transportes experimentó un decremento del 1,4%, alcanzando los 269 millones de euros, presentando un ratio del 62,2% de las primas imputadas de negocio directo.
Esta información se ha obtenido del informe "El Seguro de Transportes. Estadística año 2013" publicado por ICEA. Más información a través de icea@icea.es y en los apartadosPublicaciones y Últimos datos disponibles. |
Costes por siniestro del seguro de automóviles a diciembre de 2013Las garantías con costes más elevados son las de R.C. Corporales, con un importe medio de 4.821 euros, seguida de la garantía de Incendios, con un coste medio de 2.832 euros. Las garantías con menores costes medios son las de Rotura de lunas y Defensa jurídica y reclamación, alrededor de los 300 euros, según datos a 31 de diciembre de 2013.
Fuente: ICEA
Esta información se ha obtenido del "El Seguro de Automóviles. Estadística a diciembre. Año 2013" publicado por ICEA. Más información a través de icea@icea.es y en los apartadosPublicaciones y Últimos datos disponibles.
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viernes, 11 de abril de 2014
Nueva oferta Interbrok: motos de agua por 100 euros
Queremos que navegues tranquilo sobre tu moto de agua: Por eso, ponemos a tu disposición un seguro por tan sólo 100 euros al año que cubre la Responsabilidad Civil y la Defensa Jurídica.
viernes, 28 de marzo de 2014
8,5 millones de pisos no tienen seguro de hogar, el 30% del total
El volumen de viviendas sin cobertura se ha incrementado un 13,3% desde 2007
El momento en el que hubo más pisos sin seguro fue en 2010, cuando se llegó a los 9 millones de viviendas. A partir de ese año, la cifra se ha ido estabilizando, aunque aún se encuentra lejos de los niveles anteriores a la crisis.
Otras fuentes del sector apuntan que la mayor parte de estas viviendas sin asegurar corresponden a las de los pueblos, los pisos muy viejos que ninguna aseguradora quiere hacerse cargo y los de la costa, que se utilizan poco y los clientes no quieren asegurarlos.
En cuanto a los precios de los seguros de hogar, esta web concluye que han aumentado un 18,5% desde 2007. Fuentes del sector consideran que la mayor parte de este incremento se debe al efecto del IPC ya que la subida real es baja por la alta competencia.
Y tú ¿prescindirías de tu seguro de hogar? Déjanos tus comentarios.
miércoles, 26 de marzo de 2014
¿Cómo me afecta la nueva reforma de la Ley de Tráfico?
La nueva Ley de Tráfico que el Congreso ha aprobado trae importantes novedades. Algunas entrarán en vigor dentro de un mes y otras, de las que se habla en la norma, tardarán más tiempo en ver la luz. Te contamos las principales novedades, según concluye Europa Press.
LAS QUE ENTRAN EN VIGOR EN UN MES
- Por primera vez, será obligatorio el uso del casco de la bicicleta a los menores de 16 años en ciudad. Ahora sólo es obligatorio en carretera.
- Por conducir bajo los efectos del alcohol la multa será de 500 euros. Si se duplica la tasa permitida o se es reincidente ésta ascenderá a mil euros. Actualmente, la multa es de 500 euros en todos los casos.
- Se amplía de 15 a 20 días el periodo para pagar las multas con descuento. Eso sí, si se opta por el pago adelantado no se podrán recurrir las sanciones.
- Serán obligatorios en menores de menos de 1,35 metros de altura los sistemas de retención infantil.
- Prohíbe los detectores de radar (no los avisadores, que continuarán siendo legales), que serán multados con la pérdida de tres puntos del carné de conducir y una sanción económica de 200 euros.
LOS CAMBIOS QUE LLEGARÁ MÁS TARDE
La ley abre la puerta a todo un conjunto de cambios que tardarán más en llegar, ya que deberán ser concretados a través de una reforma del Reglamento General de Circulación. Estos son algunos de ellos:
- El texto abre la puerta a elevar en algunos tramos de autovías y autopistas el límite de velocidad hasta los 130 kilómetros hora, y a petición del Ministerio de Medio Ambiente, esta normativa permite que se pueda cortar el tráfico en municipios o carreteras por altos niveles de contaminación.
- Habrá un cambio en las velocidades máximas y mínimas autorizadas para la circulación de vehículos, alcanzando los 130 kilómetros por hora en algunos tramos de carreteras y autovías, y reduciendo a 10 kilómetros por hora la velocidad máxima en las carreteras secundarias.
LAS QUE ENTRAN EN VIGOR EN UN MES
- Por primera vez, será obligatorio el uso del casco de la bicicleta a los menores de 16 años en ciudad. Ahora sólo es obligatorio en carretera.
- Por conducir bajo los efectos del alcohol la multa será de 500 euros. Si se duplica la tasa permitida o se es reincidente ésta ascenderá a mil euros. Actualmente, la multa es de 500 euros en todos los casos.
- Se amplía de 15 a 20 días el periodo para pagar las multas con descuento. Eso sí, si se opta por el pago adelantado no se podrán recurrir las sanciones.
- Serán obligatorios en menores de menos de 1,35 metros de altura los sistemas de retención infantil.
- Prohíbe los detectores de radar (no los avisadores, que continuarán siendo legales), que serán multados con la pérdida de tres puntos del carné de conducir y una sanción económica de 200 euros.
LOS CAMBIOS QUE LLEGARÁ MÁS TARDE
La ley abre la puerta a todo un conjunto de cambios que tardarán más en llegar, ya que deberán ser concretados a través de una reforma del Reglamento General de Circulación. Estos son algunos de ellos:
- El texto abre la puerta a elevar en algunos tramos de autovías y autopistas el límite de velocidad hasta los 130 kilómetros hora, y a petición del Ministerio de Medio Ambiente, esta normativa permite que se pueda cortar el tráfico en municipios o carreteras por altos niveles de contaminación.
- Habrá un cambio en las velocidades máximas y mínimas autorizadas para la circulación de vehículos, alcanzando los 130 kilómetros por hora en algunos tramos de carreteras y autovías, y reduciendo a 10 kilómetros por hora la velocidad máxima en las carreteras secundarias.
lunes, 3 de marzo de 2014
600.000 euros de seguro por traje en el Carnaval de Tenerife
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| Foto: Philippe Teuwen |
Todos nos enteramos del incendio que afectó al traje de una candidata a reina en el Carnaval de Tenerife de 2013, pero pocos, fuera de las islas, de que a consecuencia de esto se implantó un seguro que por poco deja sin reina a estos Carnavales.
El pasado mes de agosto, El Día publicaba una información titulada "Un Carnaval sin reina". Y es que la asociación de diseñadores del Carnaval había comunicado al concejal de Fiestas que no participaría en la gala 2014 si la organización le obligaba a pagar el seguro de 600.000 euros por traje, nada más y nada menos.
Se trata de un seguro de responsabilidad civil para cubrir eventualidad como el suceso de la gala del pasado febrero, cuando la candidata Saida Prieto resultó herida con quemaduras por el accidente provocado por un traje que incorporaba fuegos fríos.
¿Habrá reina?
Y al final, sin problemas. Aunque no era el tema del seguro el único que alejaba a Ayuntamiento y diseñadores -también les enfrentaba una limitación en el tamaño de los trajes- se llegó a un acuerdo. El seguro de responsabilidad civil sigue siendo una exigencia, pero los diseñadores han conseguido que la elevada póliza se incluyera en el seguro municipal.
viernes, 28 de febrero de 2014
¡Cuidado con los maquillajes para niños!
¿Son seguros los maquillajes para niños? La organización de consumidores OCU ha sondeado los productos existentes en el mercado para comprobarlo. Aquí recogemos los resultados de ese test (que está publicado también en www.ocu.org) y los para no equivocarse. Un adelanto: los maquillajes infantiles analizados no eran recomendables para niños
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| Foto: Lyn Lomasi |
A los niños les encanta disfrazarse y el Carnaval es un momento ideal para hacerlo. El maquillaje es un complemento casi indispensable en los disfraces de los más pequeños. Los niños pequeños son más sensibles, generalmente, a padecer determinados efectos tóxicos, puesto que su piel y la de los adultos presentan diferencias, sobre todo en cuanto al grosor de la epidermis y el estrato córneo, más finos en los niños y por ello más vulnerable como barrera protectora. Además la relación entre la superficie cutánea y la masa corporal es superior en el caso de los niños, en comparación con la del adulto. Por esto podrían alcanzarse concentraciones elevadas de la sustancias absorbidas a través de la piel, y mayores efectos adversos.
Por otro lado, determinados órganos y funciones fisiológicas se desarrollan durante la infancia, y cualquier producto que entre en contacto con la piel, sobre todo los que no se aclaran rápidamente, deben ser seguros y no producir efectos secundarios.
Debemos tener en cuenta también que los niños pueden hacer un uso inadecuado de los cosméticos, como chuparlos o ingerirlos.
Qué deben llevar y qué no
La presentación de un producto cosmético para niños y especialmente su forma, olor, color o aspecto no debe confundirse con un alimento.
Tampoco ha de contener más ingredientes de los estrictamente necesarios, ni incluir sustancias tóxicas para la reproducción, o sustancias con actividad disruptora endocrina, ni alérgenos potentes. Deberían carecer de impurezas o trazas procedentes de materias primas. Los conservantes tienen que emplearse en las concentraciones mínimas necesarias para mantener su eficacia. Los alérgenos en perfumes o aceites naturales deberían reducirse al mínimo en los productos para niños.
Esta serie de premisas tienen especial importancia en los productos que no se aclaran, porque a los niños se les suelen aplicar productos que no se aclaran incluso varias veces al día. En consecuencia, los ingredientes que componen dichos productos pueden acumularse por vía percutánea con el paso del tiempo.
En cuanto al etiquetado del producto, las instrucciones de uso y las advertencias han de quedar perfectamente reflejadas para poder garantizar el uso seguro del producto y evitar problemas.
Análisis de siete maquillajes para niños
Para llevar a cabo el test, la OCU hA analizado 7 maquillajes de disfraz ideados para niños: 3 paletas tipo acuarela, unas ceras y 3 sets de maquillaje infantil y brillos de labios. Han buscado en el laboratorio sustancias no recomendables en un cosmético para niños: parabenes (o parabenos), alérgenos y metales pesados. Los productos son:
Paletas
-Kit de pintura facial Snazaroo (pintura al agua, 8 colores).
-Maquillaje al agua Family set Goodmark (paleta de 12 colores).
-Maquillaje de teatro al agua Grim´tout (paleta de 9 colores).
Ceras
-3 lápices de maquillaje Snazaroo.
Sets de maquillaje infantil
-Barbie, bolso cosméticos.
-Minnie Mouse, neceser cosméticos.
-Disney Princess, lápices de labios.
Medimos la cantidad que incluyen de 4 parabenes: propilparaben, butilparaben, isopropilparaben e isobutilparaben. Estos parabenes se utilizan como conservantes pero no son recomendables en productos que permanecen sobre la piel, y en cosméticos para niños.
Se buscaron también en el laboratorio sustancias con potencial alergénico, que deben ser declaradas en el etiquetado. Estas tienen mayor potencial para producir alergias que otras y además se añaden únicamente para perfumar o enmascarar olores. No son indispensables.
Por último, se buscaron 5 metales pesados, que podrían aparecer como impurezas o contaminaciones en el cosmético: plomo, níquel, cromo, cobalto y cadmio.
Con todo ello, el test ofreció los siguientes resultados:
El Kit de pintura facial Snazaroo (pintura al agua, 8 colores) contenía tres de los parabenes no recomendados, y uno de ellos, el isopropilparaben, no estaba declarado en la lista de ingredientes. Aunque la concentración total de parabenes no excede la marcada por la legislación, son conservantes no recomendables en cosméticos para niños.
Respecto a los metales pesados, las tres paletas contenían trazas de estos tóxicos, sobre todo de plomo, cobalto y níquel, aunque en cantidades muy pequeñas. Son impurezas y tampoco son deseables en cosméticos para niños. El plomo es un tóxico para el Sistema Nervioso, y el niquel es conocido por su gran potencial de producir alergias.
Las ceras de Snazaroo resultaron las más aceptables desde el punto de vista del análisis.
En el test de alérgenos destacaron negativamente los set de maquillaje, que además no son específicos de carnaval, sino para utilizar en cualquier época del año. Por ejemplo se detectó la fragancia alergénica linalool en concentraciones altas.
Así, aunque no encontramos ninguna ilegalidad, sí vimos que la mayoría de estos cosméticos no son deseables para la piel de los niños.
El consejo de la OCU es que estos maquillajes se utilicen lo menos posible, solo a partir de los tres años, evita aplicárselo alrededor de los ojos y lavar la cara bien después.
miércoles, 5 de febrero de 2014
¿Cuál es la forma más segura de transportar a su mascota?
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| FOTO: Minimia |
En cualquier caso, utilice siempre un sistema de sujeción adecuado, no deje que el animal vaya en brazos, consulte al veterinario cómo prevenir mareos, no deje a su mascota en el interior del vehículo con altas temperaturas y cuando abra el portón o la puerta, prevea situaciones de riesgo, ya que el animal puede salir corriendo.
Así se ha analizado la eficacia de los distintos sistemas de sujeción que se comercializan.
La eficacia de los sistemas de retención
1. ANIMAL SUELTO: El peor escenario posible es el perro tumbado sobre la bandeja trasera, detrás del conductor. El animal saldrá lanzado contra el reposacabezas del conductor si hubiera un accidente. Los dos sufrirían lesiones muy graves, incluso mortales.
2. ARNÉS DE UN SOLO ENGANCHE: El arnés se engancha al cinturón de seguridad del vehículo. En caso de colisión, la hebilla del arnés se rompe. El perro choca contra el respaldo del asiento, provocando graves lesiones al conductor en la columna. El animal sufriría lesiones graves o mortales.
3. ARNÉS CON DOS ENGANCHES: El arnés evita el desplazamiento hacia delante, por lo tanto, no se transmite ninguna carga al conductor. Para evitar que la mascota choque contra los asientos -con consecuencias que serían muy graves-, deberán tener un sistema de unión corto.
4. TRANSPORTÍN SUJETO CON EL CINTURÓN DE SEGURIDAD: El transportín destroza los puntos de sujeción del cinturón. Además, se rompe su parte superior. El animal sufre lesiones muy graves y los ocupantes del vehículo soportan cargas importantes.
5. TRANSPORTÍN COLOCADO EN EL SUELO DEL VEHÍCULO: Los transportines pequeños encajan bien en el suelo. Como tienen poco espacio la ener
gía del impacto es absorbida pronto y apenas se deforma el habitáculo del animal que solo sufre lesiones leves.
6. TRANSPORTÍN EN EL MALETERO: Cuando el animal es más grande y el transportín también, se puede colocar en el maletero en posición transversal a la dirección de la marcha. No se puede excluir la posibilidad de que los ocupantes de las plazas traseras sufran lesiones.
7. REJILLA DIVISORIA: Un rejilla colocada entre los pilares de la estructura del coche, separando la cabina del maletero, permite a la mascota moverse libremente sin molestar al conductor, pero en caso de colisión y según la posición del animal en ese momento, puede sufrir lesiones muy graves. Lo mejor es combinar el transportín con la rejilla divisoria.
miércoles, 29 de enero de 2014
Los seguros móviles no merecen la pena
Así de claro lo tienen los de www.elandroidlibre.com. NO merecen la pena, con mayúsculas. Ya hace algún tiempo que abordamos el tema en este blog. Ahora reabrimos el debate a la vista de esta publicación, que reproducimos aquí.
Nadie quiere perder el móvil o que se rompa y quede inservible. Este es uno de los motivos de que se vendan tantas fundas para móviles, tantos protectores de pantalla o tantos seguros móviles. Las operadoras han conseguido aprovechar el tirón de los smartphones para añadir a nuestro tarifa de final de mes un plus de seguridad. Cuyo precio no pasa desapercibido.Estos seguros móviles no son otra cosa que una inversión, pagas cierta cantidad al mes para luego recuperarla en el momento en que a tu móvil le haya ocurrido alguna desgracia. Una idea a priori excelente pero que esconde muchos pormenores.
¿Qué cubre un seguro móvil?
![]() |
| No metas en móvil en el microondas. |
Robo/Atraco: Reposición por un terminal nuevo en caso de robo o atraco.
Utilización fraudulenta: el seguro cubre cierta cantidad de dinero utilizada de manera ilegal.
Rotura con logística incluida: Reparación o sustitución por un terminal nuevo bajo ciertas condiciones.
Perdida accidental
Oxidación cubierta
Avería dentro de garantía
Terminal de préstamo en 24h cuando no se puede utilizar el móvil principal.
Elaboración de un presupuesto de reparación
En general están cubiertos todos los problemas típicos que podemos tener durante los años que debería durarnos el móvil.
Leer la letra pequeña
El problema de estos seguros es que representan un coste desmesurado para la poca cobertura que ofrecen. Para proteger un smartphone de 400€ nos acabaremos gastando más de un 25%, una tentativa que justo después de comprar nuestro flamante móvil sí puede resultar atractiva pero que con el paso de los meses pierde atractivo.
Además de esto, debemos fijarnos muy bien qué es lo que cubre el seguro del móvil. Hemos nombrado algunos de los puntos cubiertos, pero hay que fijarse también en los que no lo están.
vodafone-seguro-movil
Si el móvil te desaparece en un despiste no se considera robo, sino hurto y no está cubierto por el seguro. Además de esto, en caso de que fuera un robo el terminal que te darían puede que no fuera el mismo, sino un modulo de características iguales a un precio que no supere el precio del terminal que ya tenías. Un precio fijo, que no tiene en cuenta ni ofertas, ni descuentos.
Las averías o defectos de fábrica ya están cubiertas por la garantía del fabricante durante los 2 primeros años.
Si entran a robar a tu casa lo normal es que sea el seguro del hogar quién se encargue de solucionar tus problemas. Muchas veces estos seguros cubren incluso atracos en la calle.
Algunos seguros incluyen impuestos de hasta 50€ extras a pagar por si hay que hacer alguna reparación, con lo que si lo sumamos al precio del propio seguro casi nos sale más a cuenta arreglarlo por nosotros mismos.
El uso fraudulento está capado a una cierta cantidad, el límite de siniestros es de uno y hay cláusulas como la de oxidación que casi nunca la llegaremos a utilizar. Unos vacíos legales que ya de por si son suficientes como para provocarnos muchas dudas.
Más problemas que soluciones
Por si no fuera poco, estos seguros móviles crean más quebraderos de cabeza que los que solucionan. Como advierte la OCU, es normal preocuparse por unos dispositivos tan caros pero hay que controlar los gastos. Los seguros móviles son desproporcionados para lo que ofrecen. Se venden como una póliza de tranquilidad en caso de que a nuestro teléfono le pase lo peor. Pero si hacemos un balance entre lo que cuestan y el riesgo, no compensan.
Si dieras de baja tu línea tendrías que abonar la totalidad de las mensualidades pendientes que tuvieras ese año. Por lo que no hay forma de librarse fácilmente. La reposición de un terminal no es tan fácil como llamar a la operadora y móvil nuevo. Hay colas de espera, llamadas a 902 y cartas que nunca llegan para que al final no se acepten tus condiciones.
androidlost
Con algunas promociones se pueden conseguir precios asequibles y las operadoras saben que tienen que añadir un plus extra. En Movistar por ejemplo tenemos la posibilidad de conseguir Norton Antivirus de manera gratuita. ¿Pero de verdad van a convencer a alguien con unos antivirus que no sirven para nada tampoco? Otros te permiten enviar hasta 3 sms de emergencia para avisar a terceras personas tras sufrir el siniestro. Una herramienta curiosa pero no por si una razón de peso para contratarlo.
Otros como Vodafone ofrecen arreglar los daños de la pantalla. Las pantallas de los terminales modernos cuentan con protección adicional como Gorilla Glass pero aun así pueden romperse. Muchos usuarios han reportado problemas con esto también, pues en vez de arreglártela lo que hacen es ofrecerte un terminal seminuevo de recambio, un dispositivo que a pesar de ser el mismo modelo ni es nuevo, ni tiene porque ser del mismo color ni tiene porque llevar las aplicaciones que tuvierais instaladas.
La seguridad es importante
Jugar con la seguridad de la gente y crear una sensación de protección, eso es precisamente lo que pretenden los seguros móviles. Las aseguradoras hacen sus estadísticas y analizan la probabilidad de que tu smartphone se estropee, analizan el precio del terminal en el mercado y como se devalúa con el paso de los meses y una vez tienen todos estos datos, te cobran una tarifa concreta. De la misma manera que la banca, las operadoras nunca pierden.
Si crees que puedes tener algún problema concreto y un seguro móvil es la salvación pues adelante, pero al final del día seguramente estés pagando por un servicio que
¿Qué experiencias habéis tenido con los seguros para móviles? ¿Os han salvado alguna vez o tuvisteis problemas?
lunes, 25 de noviembre de 2013
Un 'pufo' de 37.000 euros por ayudar a comprar un coche
Una vecina de La Isla se ha librado de pagar al Consorcio de Compensación de Seguros. Una sentencia dice que, pese a que figura en los papeles, no es la dueña de hecho del coche que ayudó a comprar
En 2002, Eva María le hace un favor a Rubén (nombres ficticios). Él no tenía solvencia para comprar un vehículo, y ella se avino a figurar como propietaria. Abrieron una cuenta a nombre de los dos y él iba a realizar todos los pagos. Y todo fue bien... hasta que él sufrió un accidente.
Dice la sentencia de la de Audiencia Provincial de Cádiz del pasado mes de septiembre que se trató de una distracción. Rubén iba con un acompañante el día 27 de octubre de 2003, a las doce y media de la noche y circulaba por la avenida Puente Suazo de San Fernando cuando colisionó contra la mediana de la carretera. Como consecuencia resultó herido su acompañante. La sentencia habla de "negligencia" en el origen del accidente.
Pero la historia se complica: Rubén iba sin seguro, por lo que tuvo que intervenir el Consorcio de Compensación de Seguros. La entidad estatal demandó a Rubén y Eva María -esta última por figurar en los papeles como propietaria del coche- posteriormente: les reclamaba más de 37.000 euros y los intereses legales correspondientes. En 2012, el juzgado de primera instancia dio la razón al Consorcio y les dijo que debían pagar.
Pero Eva María se opuso: decía que ella no era la auténtica propietaria del coche pese a constar su nombre en los documentos de la venta realizada en San Fernando y de que le habían ido llegando todas las notificaciones del Ayuntamiento sobre el seguro de circulación y para la reclamación de multas. De hecho, alegó que Rubén había falseado su firma en el contrato de compraventa del vehículo.
La Audiencia Provincial decidió estudiar el tema con mayor "profundidad". Y, en este caso, Eva María se ha librado de pagar por un accidente en el que no intervino, sufrido por un coche que nunca condujo, y en cuya compra figuraba por hacer un favor a otra persona.
Dice la Audiencia que Eva María conocía la situación y la toleró pero que su titularidad es "meramente formal y no material". Se libra, así, de resarcir el dinero pedido por el Consorcio de Compensación.
Puedes ver la sentencia aquí.
¿Qué opinas? ¿Te han pedido alguna vez ayuda para comprar un vehículo? Déjanos tu opinión.
viernes, 8 de noviembre de 2013
Más sobre móviles. Robos cubiertos sin coste añadido
Hace un par de días, al hilo de un informe realizado por la OCU, planteábamos el debate sobre los seguros de móviles que ofertan las empresas de telefonía y algunas grandes superficies ¿Son caros o baratos? ¿Merecen la pena para todos los teléfonos, sólo para los caros o para ninguno?
Hoy queremos seguir con este tema, porque existe una opción que, si bien no cubre las roturas, pérdidas o hurtos, sí es útil en caso de que se produzca un robo: que el seguro de hogar lo cubra.
Por ejemplo, el seguro de hogar de Reale cubre los robos y los atracos en la calle aunque siempre con unos límites; en el caso de esta compañía, de 180 euros.
En el caso de que el robo se produzca en el hogar, el seguro cubre el total de lo robado, ya sea un móvil o un ordenador. Evidentemente, previa denuncia en la Comisaría. Y esta cobertura, además, no supone un coste añadido en la póliza.
No son pocos los teléfonos móviles que desaparecen en manos de los amigos de lo ajeno. El pasado año fueron 280.000 los teléfonos sustraídos en toda España, un número que supone un incremento del 15,5% con respecto al año anterior (se registraron 233.900 denuncias). Son datos de la Secretaría de Estado de Seguridad recogidos por el diario El País.
Así que, aunque no quieras contratar un seguro específico para el móvil, no está de más comprobar si el de hogar cubre estos robos y hasta qué lìmite. Y si estás buscando un seguro, infórmate bien sobre si lo cubre o no.
Y, ya que estamos con el tema de los robos de móviles, no está de más recordar algunos de los consejos de la campaña nacional de prevención de la sustracción de terminales móviles que el Ministerio del Interior y de Ciencia y Tecnología conjuntamente con operadores móviles y fabricantes de terminales han realizado para la lucha contra la sustracción de terminales móviles. Los hemos cogido prestados de la página web de Vodafone.
Consejos de manejo y custodia de terminales
Anota los datos de tu móvil y consérvalos en un lugar seguro:
-Tu código PIN y PUK, que bloquea y desbloquea la tarjeta SIM.
-Tu código de identificación del terminal o IMEI.
Ten siempre activado el bloqueo de la tarjeta SIM.
Anota el número de IMEI en un lugar seguro para comunicarlo al operador o la policía en caso de robo.
Evita tener el móvil a la vista cuando no lo estés utilizando.
En lugares muy abarrotados de gente permanece alerta ante la presencia de carteristas.
Ten cuidado si utilizas el móvil en los lugares públicos: mantenlo preferentemente en modo vibrador o con un volumen de timbre bajo.
Si tienes un kit de manos libres, utilízalo habitualmente para hablar, manteniendo el teléfono en un bolso o bolsillo de la ropa.
En establecimientos públicos evita dejar el móvil sobre mesas, asientos o mostradores, o en bolsos a la vista.
En los automóviles no dejes el móvil sobre el salpicadero o el asiento contiguo.
No prestes tu móvil a un desconocido bajo ningún pretexto.
Actuaciones en caso de robo o sustracción
Presenta una denuncia ante la comisaría más cercana haciendo constar el número de teléfono y el IMEI del terminal.
Avisa a tu operador para suspender la línea.
Notifica a tu operador el código IMEI del terminal sustraído.
Si el móvil estuviera cubierto por una póliza de seguros, notifica lo antes posible a tu aseguradora la sustracción del teléfono.
lunes, 4 de noviembre de 2013
¿Vas a alquilar un piso? ¿Sabes a quién le corresponde el seguro?
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| Patio de una finca del casco histórico gaditano |
¿A quién le corresponde pagar el seguro de hogar? ¿Al inquilino o al dueño? Si vas a alquilar un piso, seguramente te interese este artículo publicado por la OCU en el que se define claramente quién debe pagar cada cosa y quién paga los desperfectos. Aquí enlazamos el modelo de contrato elaborado por la organización de consumidores. Estar seguro de lo que se firma es básico para evitar sorpresas desagradables.
Lo más importante:
Leer bien el contrato de arrendamiento antes de firmar es esencial: lo que ponga ahí es lo que cuenta. La Ley impone cada vez menos reglas, pero se aplica en lo que no precise el contrato.
A no ser que en el contrato de alquiler se diga lo contrario, así se reparten los gastos:
Casero: paga el IBI, la comunidad de vecinos, la tasa de basuras, el seguro de la casa y seguros de mantenimiento (caldera...).
Inquilino: paga todo lo que puede medirse con contadores individuales (el agua, la luz, el gas, el teléfono...).
Si se rompe algo
Inquilino: paga los daños que él o sus visitas causen a la vivienda alquilada (por ejemplo: un cristal). Para estos imprevistos viene bien contratar un seguro especial para inquilinos. Se ocupa también de los pequeños gastos por el uso cotidiano del piso: cambiar una bombilla o la puerta de la lavadora, arreglar la cadena del baño o la correa de la persiana...
Casero: paga las averías de la lavadora, la caldera, etc. Solo se libra de esto cuando es una avería mínima (un piloto, un filtro...) o si se demuestra que la culpa ha sido del inquilino.
En torno a las responsabilidades del alquiler pueden surgir todo tipo de cuestiones. Unas más claras (el inquilino será responsable si llega una denuncia por ruido), otras más peliaguadas (una inundación puede ser culpa del inquilino porque se dejó el agua abierta, de las tuberías del piso o de las de la comunidad... el inquilino sería responsable en el primer caso, el propietario en el segundo y la comunidad en el tercero).
El mejor consejo: negociar sin pelear
Casero: dormirás más tranquilo si contratas un buen seguro. Ser tacaño con las pequeñas cosas puede salirte caro: hoy en día un inquilino que sea buen pagador es un tesoro. Recuerda que toda casa tiene reparaciones necesarias de las que deberás ocuparte.
Inquilino: si el propietario ve que pagas puntualmente y cuidas de su vivienda, será mucho más receptivo a la hora de negociar para que no tu alquiler no suba (o incluso para bajarlo... corren tiempos de vacas flacas).
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