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miércoles, 26 de marzo de 2014

¿Cómo me afecta la nueva reforma de la Ley de Tráfico?

La nueva Ley de Tráfico que el Congreso ha aprobado trae importantes novedades. Algunas entrarán en vigor dentro de un mes y otras, de las que se habla en la norma, tardarán más tiempo en ver la luz. Te contamos las principales novedades, según concluye Europa Press.



LAS QUE ENTRAN EN VIGOR EN UN MES

   - Por primera vez, será obligatorio el uso del casco de la bicicleta a los menores de 16 años en ciudad. Ahora sólo es obligatorio en carretera.

   - Por conducir bajo los efectos del alcohol la multa será de 500 euros. Si se duplica la tasa permitida o se es reincidente ésta ascenderá a mil euros. Actualmente, la multa es de 500 euros en todos los casos.

   - Se amplía de 15 a 20 días el periodo para pagar las multas con descuento. Eso sí, si se opta por el pago adelantado no se podrán recurrir las sanciones.

   - Serán obligatorios en menores de menos de 1,35 metros de altura los sistemas de retención infantil.

   - Prohíbe los detectores de radar (no los avisadores, que continuarán siendo legales), que serán multados con la pérdida de tres puntos del carné de conducir y una sanción económica de 200 euros.

LOS CAMBIOS QUE LLEGARÁ MÁS TARDE

   La ley abre la puerta a todo un conjunto de cambios que tardarán más en llegar, ya que deberán ser concretados a través de una reforma del Reglamento General de Circulación. Estos son algunos de ellos:

   - El texto abre la puerta a elevar en algunos tramos de autovías y autopistas el límite de velocidad hasta los 130 kilómetros hora, y a petición del Ministerio de Medio Ambiente, esta normativa permite que se pueda cortar el tráfico en municipios o carreteras por altos niveles de contaminación.

   - Habrá un cambio en las velocidades máximas y mínimas autorizadas para la circulación de vehículos, alcanzando los 130 kilómetros por hora en algunos tramos de carreteras y autovías, y reduciendo a 10 kilómetros por hora la velocidad máxima en las carreteras secundarias.

lunes, 16 de diciembre de 2013

Los menores de 16 años tendrán que llevar el casco de la bici también en ciudad

Mañana martes traerá cambios en la Ley de Tráfico: cambia el límite de velocidad, la obligatoriedad de llevar el casco de la bici en ciudad, las sanciones... 


La Comisión de Interior del Congreso de los Diputados aprobará previsiblemente mañana martes, día 16, la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que, entre otros puntos, obliga a los menores de 16 años a llevar el casco de la bicicleta en la ciudad, tras el pacto alcanzado esta semana entre PP y CiU, según informa la agencia Europa Press.

Se trata de la reforma decimosexta de la Ley de Tráfico y una "de las más importantes" de esta normativa, según indicó el ministro responsable de la reforma, Jorge Fernández Díaz, en su defensa en el Congreso de los Diputados a finales de noviembre, durante el debate de la enmienda de totalidad de IU, que pedía la devolución al Gobierno del texto propuesto, petición que fue rechazada con la mayoría del PP.

En cuanto al casco de la bici, que seguirá siendo obligatorio en las carreteras, ante la pretensión inicial de hacer siempre obligatorio el casco, sólo vigente en Australia, Malta o Sudáfrica, o para los menores de 18 años, finalmente se ha conseguido que sólo se exija su uso a los menores de 16 años.

A su vez, esta normativa contempla que habrá un cambio en las velocidades máximas y mínimas autorizadas para la circulación de vehículos, alcanzando los 130 kilómetros por hora en algunos tramos de carreteras, así como las sanciones económicas ante una previsible infracción.

Eso sí, en el texto que se está tramitando no especifica cómo se fijarán estos límites y se remite al Reglamento General de Circulación posterior que desarrolle esta ley. Los lugares con prohibiciones u obligaciones específicas de velocidad serán señalizados con carácter permanente, o temporal en su caso, indica el proyecto de ley del Gobierno.

Además, en este proyecto de ley se fomenta la "tolerancia cero" al consumo de drogas, "un problema al que se debía hacer frente" porque en la actualidad había "una absoluta alegalidad en la materia", según defendió el titular de Interior. El proyecto fija una sanción de 1.000 euros por conducir con presencia de drogas en el organismo, que se detectarán mediante un análisis de saliva.

Precisamente, se trata de uno de los temas en los que el PP dejó la puerta abierta a negociar el próximo martes en la Comisión de Interior, que cuenta con competencia legislativa plena para, tras aprobarla, enviarla directamente al Senado, sin tener que ser ratificada en el Pleno de la Cámara Baja.

El texto también incluye cambios en la regulación de los sistemas de retención infantil, prohíbe los detectores de radar (no los avisadores, que continuarán siendo legales), crea la Conferencia Sectorial de Tráfico y Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, que reunirá a las comunidades autónomas que hayan asumido las competencias de tráfico con el Gobierno y refuerzan las labores de control y supervisión a las autoescuelas y centros de reconocimiento médicos.

Los primeros acuerdos de los grupos parlamentarios sobre esta ley tuvieron lugar el miércoles de esta semana, cuando en una reunión interna se aceptaron la inclusión al proyecto de ley presentado por el Gobierno de 40 de las 160 enmiendas presentas por los grupos parlamentarios para mejorar el texto del Gobierno. De esta cuarentena , seis fueron las presentadas por el PP.

Otro de los acuerdos alcanzados fue que el color de la señal luminosa de todos los vehículos prioritarios, como las ambulancias, sea azul y no amarillo, ya que este color va asociado a vehículos lentos.

Eso sí, se acordó que esta modalidad se recogiera en el nuevo Reglamento General de Circulación, que desarrollará la ley tras su aprobación definitiva.

La reforma de la Ley de Seguridad Vial contempla igualmente la posibilidad de cerrar una vía total o parcialmente, o bien establecer restricciones por motivos medioambientales, una medida relacionada con el 'Plan Aire' del Ministerio de Medio Ambiente, relacionada con la implantación de bajas emisiones y que había sido planteada por el PP.

A partir de ahora las bicicletas sólo podrán ser retiradas y llevadas al correspondiente depósito si están abandonadas o si, estando amarradas, dificultan la movilidad de vehículos o dañan el mobiliario urbano, según lo acordado.

Además, se ha dado luz verde a que en vías urbanas se permitirá la parada o estacionamiento de las grúas de auxilio en carretera por el tiempo indispensable para efectuar la retirada de vehículos accidentados o averiados siempre que no se cree un nuevo peligro ni se cause obstáculo a la circulación.

Se propone también que deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los vehículos con matrícula extranjera que se utilizan en España por residentes del país, ya que no figuran en el Registro de Vehículos actualmente.

A su vez se ha agregado al articulado de la ley la prohibición de dar de baja definitiva por traslado a otro país a vehículos que no cumplan los requisitos de seguridad y medioambientales que se establezcan reglamentariamente.

Por otro lado, la ley va a establecer que en los accidentes de tráfico ocasionados por el atropello de especies cinegéticas en las vías públicas sea el responsable de los daños a personas o bienes el conductor del vehículo, sin que pueda reclamarse por el valor de los animales que irrumpan en aquéllas.

No obstante, se indicará en la ley que será responsable de los daños a personas o bienes el titular del aprovechamiento cinegético o, en su defecto, el propietario del terreno, cuando el accidente de tráfico sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor, llevada a cabo el mismo día o que haya concluido doce horas antes de aquél (en lugar de 24 horas como proponía al principio).