miércoles, 20 de noviembre de 2013

Un tercio de españoles tiene el seguro de hogar 'elegido' por su banco

Hoy termina la tramitación de la normativa que prohíbe a los bancos vincular hipotecas y seguros de hogar. Un tercio de los propietarios de nuestro país está afectado por una práctica que tiene los días contados y que permitirá ahorros del 50%

Patio en el casco histórico de Cádiz

El Parlamento Europeo finaliza hoy la puesta en marcha de la primera Directiva Europea de Hipotecas, que nace con el fin de mejorar los derechos de los propietarios; hoy se vota la entrada en vigor de la norma, según la información de Agencias recogida por murcia.com. Una de las principales medidas que contempla dicha Directiva es la prohibición de vincular la contratación de hipotecas a otros productos como los Seguros de Hogar, de la que ya nos hacíamos eco días pasados en este blog.
Un conocido comparador online de seguros ha elaborado recientemente un estudio en el que preguntaba a los usuarios si habían contado en algún momento con un Seguro de Hogar. Entre los encuestados, casi un 31% afirmaba haber suscrito en alguna ocasión este producto obligado por su banco al contratar la hipoteca de su vivienda. 
El Seguro de Hogar en España
Hasta la actualidad, la Ley Hipotecaria de España obligaba al deudor hipotecario a contratar un Seguro de Hogar que también cubriera las incidencias susceptibles de ocurrir en el inmueble. De este modo, el suscriptor tenía que contratar el Seguro de Hogar indicado por la entidad en cuestión o el precio de la hipoteca aumentaba de forma significativa.
La entrada en vigor de esta Directiva permitirá a aquellos españoles que suscriban una hipoteca ahorrar una media del 50% en su Seguro de Hogar ya que podrán contratar con distintos proveedores de seguros siempre y cuando la póliza cumpla las garantías establecidas por el prestamista. Dependiendo de la comunidad de residencia este ahorro puede alcanzar un 80%, tal y como muestra el informe en el que se comparan los precios mínimos y máximos en la contratación de este producto.
Las negociaciones para la nueva directiva europea comenzaron en marzo de 2011, y el Parlamento Europeo de Estrasburgo ha aprobado oficialmente la entrada en vigor de la Directiva. Los estados miembros tendrán dos años para adaptar sus normativas al texto.
El texto completo gira en torno a seis pilares fundamentales:
-El consumidor deberá disponer de un periodo obligatorio de reflexión de 7 días antes de firmar el contrato hipotecario o bien del mismo periodo de 7 días para retractarse tras la firma.
-Mayor información: los bancos entregarán una "hoja de información estandarizada", un documento de fácil comprensión que incluirá información detallada sobre las características del préstamo, variabilidad de los tipos de interés o la influencia de divisas extranjeras.  
-Las entidades crediticias no podrán obligar a los consumidores a contratar "paquetes cerrados" vinculados a la hipoteca y que incluyan otros préstamos o servicios, como los seguros.
-Flexibilidad de pago para que el prestatario pueda pagar el préstamo antes de tiempo. La entidad bancaria podrá recibir una compensación justa de los costes de ese reembolso anticipado sin imponer multas adicionales.
-La ley exigirá una tolerancia razonable antes de proceder a las ejecuciones, limitará los cargos por impago e impedirá a los Estados miembros oponerse a la dación en pago acordada entre las partes.
-Frenar los préstamos irresponsables, las entidades vendedoras de hipotecas deberán ser autorizadas, registradas y supervisadas por las autoridades nacionales. Además, evaluarán la solvencia del comprador.

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