lunes, 16 de junio de 2014

Primera multada por conducir con las gafas de Google



Vale, no es ella, pero hemos oído "Google Glass" y "multa" y no hemos podido evitar poner esta foto!!! Una mujer de California ha protagonizado la primera sanción de tráfico a una persona por conducir y usar un mini ordenador insertados en unas gafas, informa www.tengounsiniestro.com.

El dispositivo conocido como Google Glass, que cuenta con una pantalla en miniatura casi transparente que se coloca sobre el ojo derecho aún no está disponible para el gran público.
 
La mujer, Cecilia A. fue interceptada por la policía por exceso de velocidad. El agente vio que tenía puestas las gafas de Google y la sancionó basándose en que los conductores pueden distraerse al tener una pantalla de video en uno de sus ojos.
 
La mujer se declaró inocente de los dos cargos.
Su abogado dice que va a testificar en un juicio programado para enero que las gafas no estaban en funcionamiento mientras conducía pero que se activaron cuando alzó la vista hacia el policía.

Esto que has leído es Información. Ahora te vamos a dar nuestra opinión:
Las gafas de Google son una innovación para la que aún no hay legislación porque todavía no ha salido al mercado. Lo lógico es que después de un tiempo y dos alarmas sociales se pongan a crear normas.

El sentido común nos dice que no puedes tener una pantalla en el ojo y no mirarla por lo que conducir con ellas puestas puede ser un peligro. Nuestra atención no puede fijarse en dos cosas a la vez y menos si necesitan ser procesadas.

¿Qué ocurre con los navegadores?, es una pantalla con información que procesar.. y ¿los HUD (Head Up Display) o pantalla que permite tener la cabeza alzada ?, ¿No son pantallas?...

viernes, 13 de junio de 2014

Tráfico espera que la mayoría de las calles reducirán la velocidad máxima a 30 km/h

La Dirección General de Tráfico (DGT) se ha propuesto devolver las ciudades a las personas. Esta política de movilidad, impulsada por la Unión Europea, hará que la mayoría de las calles reduzcan su velocidad máxima a 30 km/h. La responsable de la DGT, María Seguí, así lo destacó ayer durante un receso en las jornadas 'Políticas Europeas en Movilidad Urbana', a la vez que anunció que la reforma del Reglamento de Circulación, que se aprobará en unas semanas, no entrará en vigor hasta otoño.
El objetivo es que los peatones recuperen la calle y las bicicletas tomen un mayor protagonismo. Para ello, el nuevo Reglamento posibilita reducir a esos 30 kilómetros la velocidad en las calzadas de un sentido. Incluso, recordó Seguí, podría llegar a los 20 km/h en zonas de preferencia peatonal. La responsable de la DGT animó a poner en práctica ya las nuevas medidas del Reglamento, del que insistió que «la principal herramienta es la reducción de la velocidad en la mayoría de las calles, de modo que la convivencia entre peatones, ciclistas, motoristas y vehículos alcance una sustancial mejora y se reduzcan las dramáticas cifras de siniestralidad»./J.L.Alvarez. La Voz Digital

¿Qué opinas? ¿Te parece adecuada esta medida?

miércoles, 11 de junio de 2014

5 errores que no debes cometer al contratar un hipoteca

Los cinco errores que no debes cometer al pedir una hipoteca, según Idealista (informa Europa Press). Nosotros añadimos otro: infórmate de si hay o no seguros vinculados y recuerda que Europa ha prohibido esta práctica, si bien es verdad que los países miembros están aún en plazo para ajustar su legislación.


El portal inmobiliario idealista.com considera que actualmente es un momento propicio para comprarse una casa, dado que los diferenciales que aplican los bancos están bajando y los precios de la vivienda parecen que empiezan a tocar fondo, pero advierte de que antes de suscribir un préstamo hipotecario es conveniente consultar con muchas entidades bancarias para no dejarse seducir únicamente por los diferenciales y preparar bien toda la documentación.

Para ello, afirma que lo primero es seleccionar el inmueble y echar números con los bancos para pedir el crédito. "Se trata de un momento vital en el que un error nos puede condenar para los próximos 40 años, por eso hay que ir con pies de plomo (...). No preparar bien la documentación y fijarse sólo en la publicidad de los bancos son dos errores que debemos evitar a toda costa", reitera el portal inmobiliario.

Por todo ello, el responsable de idealista.com/hipotecas, Juan Villén, ofrece "cinco consejos básicos" a quienes están pensando en comprarse una casa. El primero pasa por mirar en muchos bancos porque las ofertas de las entidades que más se publicitan, que son las que más se conocen, no tienen por qué ser las mejores.

También recomienda no fijarse sólo en los bancos más grandes o en el banco del que ya se es cliente, ya que en ese momento dichas entidades pueden estar interesadas en no dar muchas hipotecas o en poner cláusulas o comisiones que las encarezcan.

Idealista.com también aconseja no hacerlo todo a última hora, ya que se corre el riesgo de acabar firmando la hipoteca con el único banco que se compromete a firmar en el plazo que se necesita. "No hace falta hacerlo con seis meses de antelación, pero el consejo es que sea con dos o tres meses de antelación", reitera Villén.

La tercer recomendación del portal inmobiliario es preparar bien toda la documentación que exigen los bancos y conocer bien los conceptos básicos, como el nivel de ingresos incluidas las pagas extra o los bonus anuales, o si se han tenido periodos en los que no se ha trabajado o se ha cambiado de empresa, ya que esta información puede ser importante para que el banco analice el nivel de riesgo y, por tanto, determinante para conseguir una hipoteca con buenas condiciones.

EXPLICAR BIEN LA PROCEDENCIA DE LOS AHORROS.

Según idealista.com, los bancos miran ahora con más detenimiento la procedencia de los ahorros para evitar operaciones de blanqueo de capitales y, por ello, aconseja saber explicar bien de dónde proceden, si es de un préstamo de un familiar, si proviene de ahorros o si es de la venta de acciones, por ejemplo.

El portal también aconseja no dejarse seducir sólo por el diferencial del banco y mirar además cuestiones como la comisión de apertura, el tipo de interés inicial, las vinculaciones o las comisiones de cancelación, así como saber qué compromisos se adquieren al asumir la hipoteca.

"No tiene sentido elegir una hipoteca con el mejor diferencial si ésta nos obliga a realizar aportaciones a un plan de pensiones que no queremos o no podemos hacer, o a mantener un seguro que no consideramos necesario", subraya Juan Villén.

Por último, acudir a asesores imparciales es la quinta recomendación de idealista.com a la hora de hacer frente a la contratación de una hipoteca. Así, recuerda que los bancos asesoran pero no son imparciales, y añade que antes de acudir a un asesor, es preciso asegurarse de sus condiciones para no quedar "atado" a él./EUROPA PRESS

lunes, 9 de junio de 2014

No zambullirse en aguas desconocidas, vigilar a los menores y respetar las normas, clave para evitar ahogamientos

La Federación de Usuarios y Consumidores Independientes (FUCI) ha difundido una serie de consejos entre los bañistas para evitar que se produzcan "sustos innecesarios o incluso fallecimientos" durante el baño debido a la falta de prevenciones necesarias.

En este sentido, la asociación ha destacado no solamente la necesidad de respetar las normas de seguridad de cada zona de baño y de nadar únicamente en zonas vigiladas por socorristas (además de atender a las indicaciones de estos) sino también la importancia de que padres y responsables de niños mantengan "la vigilancia atenta" durante todo el tiempo sobre los menores.

"Los ahogamientos se producen de forma rápida y silenciosa", ha recordado FUCI, que ha indicado que estos accidentes constituyen la segunda causa de mortalidad infantil en España.

En el caso de los niños, ha indicado también que estos "deben avisar" a padres o cuidadores cada vez que vayan a meterse en el agua y que es necesario que utilicen chaleco salvavidas, flotador, burbuja o manguitos si no saben nadar, incluso en aguas poco profundas. "Un bebé puede ahogarse en una piscina que cubre solo 30 centímetros", ha asegurado la organización.

   A este respecto, ha indicado también que, en el caso de las piscinas privadas, la mejor de las medidas de precaución es instalar una valla alrededor del perímetro de la piscina que mida, como mínimo, 1,2 metros de altura.

   También ha recomendado que no se permita a los niños jugar cerca de los bordillos de las piscinas y que se respete el horario de digestión antes de entrar en el agua, así como apuntarles a cursos de natación impartidos por personal cualificado.

MEDIDAS PARA ADULTOS

   Con respecto a los demás bañistas, la federación de consumidores ha recordado que "es una inconsciencia" bañarse de noche o después de haber ingerido alcohol, no solamente porque merma la capacidad de reacción del bañista sino "porque si ocurriera algo nadie podría verle".

   También ha prevenido contra la imprudencia a la hora de saltar al agua  en aguas desconocidas o si están turbias "donde puedan no ser visibles otros nadadores y objetos".

   "En caso de querer zambullirse en el agua, hay que introducirse primero lentamente de pie varias veces y comprobar que la profundidad sea de, al menos, 1,5 metros", ha indicado.

   Por otra parte, con el comienzo de la época de altas temperaturas, el colectivo ha advertido también del riesgo de quemaduras por el sol, de deshidratación o de sufrir un golpe de calor, especialmente en el caso de niños y personas mayores.

   Con el fin de evitarlo, ha recordado la importancia de beber agua o líquidos frecuentemente --"incluso si no se siente sed e independientemente de la actividad física que se realice"-- y de usar crema solar así como gorra o sombrero.

   También ha prevenido contra el consumo excesivo de bebidas que contengan cafeína o grandes cantidades de azúcar debido a que "hacen perder más líquido corporal" y ha abogado por comidas ligeras y que "ayuden a reponer las sales perdidas por el sudor, como fruta, ensaladas, verduras o zumos./EUROPA PRESS

viernes, 6 de junio de 2014

Tras conseguir descifrar la piedra Rosetta, la humanidad se enfrenta a un nuevo reto: entender la nueva factura de la luz. Lo intentamos hoy, de nuevo con la ayuda de Fotocasa. 



El pasado 1 de abril el ministerio de Industria aprobó la nueva reforma eléctrica y, aunque las compañías tienen de tiempo hasta el 1 de julio para aplicar este sistema, en breve los usuarios recibirán la nueva factura de la luz. Para todos ellos, fotocasa ha preparado un pequeño reportaje que pretende ayudar a despejar aquellas dudas que puedan surgir al descifrarla.

¿Cómo funciona el nuevo mecanismo de cálculo del precio?

Con la nueva reforma eléctrica, el sistema utilizado para conocer el coste del kW en el mercado regulado cambia. Así, se deja de calcular el precio de la electricidad en función de las subastas Cesur, para basarse en el precio medio diario registrado por el mercado mayorista durante el periodo de facturación.

¿Cómo afecta este mecanismo a la factura?

Frente al sistema anterior, que fijaba el precio de forma previa, el nuevo método hace el cálculo al final del periodo, según el coste real de la luz, vinculando el componente energético directamente con el mercado mayorista. Así, dependiendo del tipo de contador que disponga el consumidor, este pagará el precio de mercado en cada hora de consumo (usuarios con contador inteligente) o el precio medio del mercado diario durante el periodo de facturación (usuarios con contador analógico). En la actualidad, sólo 7 millones de hogares tienen contadores inteligentes, frente a los 16 millones que disponen de contador analógico. El Gobierno ha establecido en 2018 el año límite para que todos los usuarios cuenten con contadores digitales que permitan el cálculo del precio del kW por hora.

 ¿Qué pasa con la TUR?

En enero, la antigua Tarifa de Último Recurso, a la que se encuentran abonados 16 millones de hogares con una potencia contratada de menos de 10 kW, pasó a llamarse Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC). Esta tarifa (con o sin discriminación horaria) la podrán seguir usando aquellos que estén en el mercado regularizado de la mano de alguna Comercializadora de Referencia (Gas Natural, Endesa, Iberdrola, HC-Naturgás y E.ON).


¿Qué otras opciones se pueden encontrar en el mercado?

Además del mercado regularizado, los usuarios pueden elegir pasarse al mercado liberalizado, donde pueden elegir entre diferentes ofertas definidas por la comercializadora. Además, el Gobierno ha obligado a estas compañías a ofrecer tarifas anuales con un Precio Fijo del KW/hora que sólo se verán afectadas por las variaciones de los peajes de acceso. Una opción más sencilla pero que, al final, puede resultar más cara.

 ¿Qué conceptos aparecerán en la factura?

A partir del 1 de julio, por lo tanto, las facturas de la luz verán reflejados los siguientes conceptos:

• Potencia contratada: el importe se calcula multiplicando la potencia contratada por el número de días del periodo de facturación y el precio del kW.
• Energía consumida: el coste resultante de multiplicar los kW consumidos por el precio del kW en cada hora durante el periodo de facturación (o el precio medio diario, si se tiene contador analógico).
• Descuentos: en el caso de haber contratado alguna oferta, el ahorro obtenido. También si hay que realizar algún ajuste sobre facturas anteriores.
• Impuesto sobre la electricidad: se trata de un impuesto de los denominados “especiales” y está destinado a la minería del carbón.
• Peajes de acceso: los peajes son el precio, fijado por el gobierno, que tienen que pagar las comercializadoras por usar las redes de las distribuidoras de electricidad.


¿Cuántos tipos de facturas puede haber?

A la hora de facturar, se pueden encontrar 4 modelos diferentes de facturación, dependiendo de la tarifa escogida y el tipo de contador:

• Usuarios del mercado regulado con contadores inteligentes: se rigen por la tarifa PVPC y el precio del kW se establece cada hora, según lo que marca el mercado mayorista.
• Usuarios del mercado regulado con contadores analógicos tarifa PVPC, pero el precio del kW se calcula mediante el precio medio del mercado diario durante el periodo facturado.
• Usuarios del mercado liberalizado con tarifas libres: el precio está referenciado al PVPC si bien las compañías, libres de fijar el precio de sus tarifas, pueden aplicar descuentos tanto en el término como en la potencia. Pueden acarrear mantenimiento y permanencia.
• Usuarios del mercado liberalizado con tarifa plana anual: el Gobierno obliga a las comercializadoras a crear una tarifa plana con un precio fijo del kW/hora. Los consumidores deciden si quieren renovar automáticamente y las empresas, por su parte, deben comunicar el precio nuevo un mes antes de que acabe el contrato. De entrada, estos precios son más caros que los del mercado mayorista.

¿Dónde se pueden consultar los precios?

El nuevo sistema tarifario hace que resulte más complicado saber si el total de la factura es correcto o no ya que obliga a los consumidores a consular los precios en la web de la Red Eléctrica Española. Por su parte, en la web de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) habrá una herramienta que, con tan sólo rellenar los campos de potencia, consumo y periodo de facturación, indicará si el recibo es correcto o no. Para las organizaciones de consumidores, este nuevo sistema hace que resulte imposible comparar las distintas ofertas de luz.


¿Cuándo se empezarán a recibir estas nuevas facturas?

Pese a que la ley entró en vigor el 1 de abril, y ante las repetidas quejas, el Gobierno ha otorgado 3 meses de gracia a las eléctricas para que puedan adaptarse al nuevo sistema, por lo que no será hasta el 1 de julio cuando estas empresas empiecen con las nuevas facturas.


Con esta nueva factura, ¿se gana o se pierde?

Los precios del mercado mayorista son más bajos que los fijados de manera provisional por el Gobierno para los 3 primeros meses del año; esto significa que las eléctricas, a partir del 1 de junio, deberán empezar a devolver unos 33€ al usuario medio. Sin embargo, y aunque el precio del kW pueda abaratarse un 4% al año, la parte relativa a la potencia contratada aumentó un 18% el 1 de febrero, suponiendo un incremento en el coste total.

miércoles, 4 de junio de 2014

Seguros obligatorios para la concesión de hipotecas


Seguimos con los seguros de hogar. Esta vez compartimos esta noticia de Fotocasa sobre los seguros obligatorios para la concesión de hipotecas ¡Esperamos que os interese¡



Muchas veces, el comprar una casa viene de la mano con el tener que solicitar una hipoteca en una entidad financiera. El proceso por el cual se pide y se concede una hipoteca requiere un estudio de la persona que lo solicita, que garantice los pagos y, por lo tanto, que se considere como un candidato a recibir el dinero. La entidad financiera es la que decide otorgar el préstamo o no, por eso es el banco el que pone los requisitos a cumplir. Es aquí donde la contratación de seguros aparece vinculada a la concesión de la hipoteca. La duda es ¿qué seguros son obligatorios contratar?



¿Qué seguros son obligatorios contratar con la hipoteca?

Según la normativa vigente, únicamente es obligatoria la contratación de un seguro de daños; un seguro de hogar que cubra el valor del inmueble o valor de tasación del continente, es decir, el valor de la vivienda en caso de destrucción. Este seguro de daños también cubre incendios, explosiones y cualquier daño producido por elementos naturales.

El resto de seguros no son obligatorios para la concesión de una hipoteca. Además, este seguro de daños no es obligatorio tampoco contratarlo a través del banco que nos proporcione la hipoteca, sino que se puede contratar a través de otra aseguradora si las condiciones son mejores. Otra cosa distinta será que la entidad acepte esta posibilidad o no.



Otros seguros vinculados

Además del seguro obligatorio de daños, es frecuente que con la hipoteca se ofrezca la contratación de otro tipo de seguros que sirven como condicionante para la concesión del préstamo. Entre estos se encuentran:
• Seguro de vida hipotecario: a través de este seguro se cubren los pagos en caso de fallecimiento, es decir, se trata de una protección de pago de una cantidad determinada o del total de la hipoteca en caso de que el titular de la hipoteca fallezca.
• Seguro de desempleo: esta opción es cada vez más frecuente ya que, gracias a este seguro, se garantizan los pagos durante un tiempo determinado y hasta una cantidad estipulada en caso de que el titular pierda el empleo.
• Seguro multirriesgo: como se ha mencionado antes, solo es obligatorio un seguro de daños para el inmueble, pero es común que los bancos ofrezcan un paquete de seguro multirriesgo que cubra tanto continente como contenido.



Bonificaciones

Así, únicamente es exigible que se contrate un seguro de daños para la vivienda, pero no es obligatorio contratarlo con la entidad que concede la hipoteca ni si quiera con aseguradoras que colaboran con esa entidad. Es ilegal que obliguen por contrato a firmar un seguro con la entidad y, por lo tanto, deberían aceptar que el seguro de daños se hiciese a través de otra aseguradora.

Sin embargo, también es cierto que, si se contratan una serie de seguros como los que se han indicado antes, se pueden obtener ventajas o bonificaciones en las condiciones de la hipoteca. Por ejemplo, si se contrata un seguro vinculado a la entidad que concede la hipoteca, es probable tener más ventajas en cuanto al tipo de interés mientras la póliza esté en vigor.



Cancelación de seguros vinculados a hipotecas

Si se ha decidido aceptar los seguros vinculados que la entidad ofrece para la concesión de la hipoteca, es conveniente saber que estos se pueden cancelar antes de la renovación automática que se produce anualmente. Para proceder a su anulación, por ley, es preciso avisar al banco con dos meses de antelación a la fecha de renovación. Este aviso se deberá de hacer en persona o por teléfono, de igual manera se deberá firmar un escrito en el que se exponga la voluntad de no renovar esas pólizas.
Igualmente, es conveniente asegurarse de que verdaderamente compensa la cancelación de esos seguros. Al venir vinculados a la hipoteca y proporcionar condiciones más ventajosas, no renovarlos podría aumentar la cuota de la hipoteca por aumentar el diferencial. Hay que hacer cuentas y ver el ahorro que supondría no pagar los seguros o contratarlos con otra aseguradora, y mirar el aumento de la cuota de la hipoteca, para determinar si es rentable o no cancelar estos productos con el banco.



Por María Valero, colaboradora de iAhorro

lunes, 2 de junio de 2014

El seguro barato sale caro

Hoy compartimos un artículo del periódico El País en el que expertos aconsejan a los que buscan un seguro de hogar el asesoramiento de un corredor de seguros de confianza. El motivo: lo barato, al final, sale caro.



Los seguros del hogar han conseguido el deshonroso puesto de encabezar las denuncias contra los seguros, superando a los del automóvil, en A. D. Defensor, uno de los grandes bufetes contratados por una treintena de aseguradoras para atender las quejas de sus clientes. El dictamen de los defensores del asegurado es ley para las compañías. Algunas han llegado a contratar a figuras de campanillas como Ramón Tamames o Miquel Roca Junyent. Pero ni siquiera ellos pueden salvar a los asegurados de afrontar pagos de siniestros por estar mal cubiertos.

La competencia, por conseguir nuevas pólizas, pone el precio como anzuelo sin advertir al consumidor cuando firma la póliza de que las rebajas adelgazan las coberturas.

"Estar mal asegurado es un mal negocio, y la única solución es leer hasta la letra más pequeña de las pólizas para evitar un susto en caso de siniestro", resume Álex Sánchez, responsable técnico de la peritadora Proyecta Gestión. Es imprescindible contratar los capitales adecuados y detallar los bienes más valiosos para evitar sorpresas. No solo eso.

Pagar una póliza de escasa cobertura puede conducir a un pago difícil de asumir. La rotura de una cañería, por ejemplo, puede traducirse en una chorreante gotera al piso de abajo y estropear costosos cuadros si tenemos un vecino anticuario.

El desconocimiento no exime de culpa, y el pago de la responsabilidad civil va en función de la cantidad contratada, como el resto de los siniestros, aunque no cobrará más dinero por un bien sobreasegurado.

El seguro multirriesgo para el hogar está menos normalizado que el de automoción, los tipos de cobertura difieren de una compañía a otra y pueden contratarse parcialmente.

Para evitar sorpresas en los siniestros conviene ser asesorado por un corredor de seguros de confianza o comparar las ofertas de varias compañías leyendo las condiciones de sus pólizas. La diferencia del precio de los seguros va, sobre todo, en función de las coberturas y de la cuantía de las indemnizaciones. Los expertos coinciden en las recomendaciones siguientes.

La primera: leer el seguro de la comunidad de vecinos para conocer las coberturas contratadas para la vivienda (denominada continente). Si el seguro de la comunidad ha cubierto bien la indemnización por un incendio, por ejemplo, no se debe volver a asegurar porque las compañías tasan el valor y se reparten la indemnización en caso de doble cobertura.

Si la cobertura del seguro de la comunidad es inferior al precio de la vivienda, hay que complementarlo. Aunque la cobertura sea buena, conviene contratar un mínimo de continente para tener voz propia en las reclamaciones. Una buena relación de comunidad puede tornarse borrascosa, y es más efectiva la reclamación de daños de un seguro propio. El consejo es extensible a inquilinos, los seguros se entienden mejor entre ellos que las personas.

Por otra parte, las reparaciones por agua son más ágiles cuando el seguro de la comunidad cubre los daños de todas las cañerías del edificio, en lugar de solo las comunes. Conviene hacerlo si la diferencia de precio es mínima.

En segundo lugar, contratar bien los capitales para ajustar la póliza a la realidad. Para valorar el continente debe descontarse el valor del terreno del precio de venta de la vivienda a valor de mercado. El valor de la edificación es la cantidad que pagará el seguro en caso de una destrucción total, y en función de ella se cubrirán daños en techos, suelos, ventanas, cañerías, instalación eléctrica o de aire acondicionado, y cualquier cosa contenida en su infraestructura. Si el perito considera que el continente está infravalorado en el contrato, pagará los daños proporcionales en cualquier siniestro. El Consorcio de Compensación de Seguros cubre el daño producido por siniestros extraordinarios como fenómenos de la naturaleza o daños causados por atentados, actos violentos masivos o actuaciones de las fuerzas de seguridad del Estado. Hay que comprobar que la cobertura por incendio incluye la inhabitabilidad de la vivienda.

Para reclamar bien

La póliza multirriesgo para el hogar cubre hechos fortuitos, no los producidos por negligencia, falta de mantenimiento o vejez.

Las coberturas de las segundas residencias varían entre aseguradoras en función del tiempo que quede deshabitada, algunas obligan a tomar medidas de seguridad, como cierre de llaves de paso. Otra vez, leer la póliza al detalle.

Cualquier modificación sobre la póliza tipo deberá constar de forma fehaciente para poder reclamar. Ante la reclamación de un asegurado, algunas aseguradoras pagan cualquier siniestro por debajo de una cuantía determinada, temen la mala publicidad en las redes sociales.

En una infrapóliza, las aseguradoras pagarán el porcentaje correspondiente a lo asegurado, y nada si el asegurado ha mentido al realizarla. Algunas pólizas tienen franquicia.

Las reclamaciones por agua y robo suman los mayores desacuerdos, y el desconocimiento en la contratación suele ser la causa de los mismos. No todas las aseguradoras cubren todos los bienes en robos, y algunas solo cubren daños por agua en roturas de cañerías internas, por ejemplo.

El primer paso de la reclamación es presentar un escrito firmado al departamento de quejas de la aseguradora. El segundo paso es acudir al defensor del asegurado, figura obligada por la Dirección General de Seguros. El tercer paso es la denuncia en la propia Dirección General de Seguros.

No es obligatorio contratar un multihogar al hacer una hipoteca. Solo es obligatorio hacerlo cuando la hipoteca es titulizada (el banco establece la hipoteca como base de una emisión de cédulas hipotecarias) y siempre que la financiación supere el 80% del valor de tasación. En ese caso, solo es obligatorio el seguro de incendios, y el banco no puede imponer compañía.

La tercera recomendación es la de tener en cuenta que el seguro del contenido cubre los muebles y los enseres domésticos. Las aseguradoras suelen pagar el valor venal de los bienes, descontando la depreciación sufrida por el uso del valor del bien en el mercado. ¿Cuánto costaría volver a comprar todo el contenido del hogar? Un contrato hecho a valor de nuevo o de reposición con revalorización automática salva la diferencia. Es aconsejable actualizar la póliza en cada compra significativa, y saber los bienes excluidos de las pólizas tipo (colecciones o joyas) para declararlos de forma expresa. Preguntar sobre el valor unitario de cobertura y declarar los bienes superiores a esa cantidad, como electrodomésticos o muebles singulares.

El seguro no cubrirá un robo si la alarma no estaba puesta cuando sucedió —no declare tener alarma en el seguro si no la pone siempre—, se considera negligencia. También es negligencia dejar la puerta abierta o la ventana de una planta baja, y exime al seguro del pago por robo. No todas las aseguradoras cubren daños de lunas y espejos. Y hay límite de cobertura de los alimentos de una nevera si se va la luz.

El cuarto aspecto a tener en cuenta es que la responsabilidad civil cubre el pago de reparaciones o indemnizaciones por daños causados a terceros. El daño ocasionado por un incendio iniciado en nuestro domicilio obliga a cobijar a los vecinos durante los meses que duren las reparaciones (unos tres, si se incendia toda su vivienda). Atención porque deberán irse con el solo incendio de una habitación si el humo la inundó porque el hollín es tóxico (y deben limpiarla profesionales).

Tenga en cuenta el tipo de mobiliario de sus vecinos para evaluar la cuantía de la responsabilidad civil o el contenido de un negocio instalado debajo de su piso, usted deberá abonar los daños causados en ellos si su póliza no los cubre.

También será responsable, de forma proporcional, del daño causado por un elemento del edificio (caída de una teja, un adorno o un árbol, si tiene jardín) si no tiene contratada la responsabilidad civil, y la comunidad no está asegurada.

Algunas pólizas incluyen los daños hechos por las mascotas fuera del domicilio. La obligatoriedad de asegurar perros difiere entre comunidades autónomas. Conviene asegurar daños causados por un perro, el más manso y obediente puede provocar un accidente de tráfico con heridos si sale huyendo por una explosión.

La sexta recomendación es tener presente que la defensa jurídica incluye las reclamaciones de los daños ocasionados por terceros a sus bienes. Compruebe la inclusión de sus derechos como propietario, como inquilino y la defensa penal.

Este reportaje, pubicado por el diario El País está hecho con información de Carmen Cornejo, socio director de A. D. Defensor; Fernando Fauste, director de diversos de Solera; Álex Sánchez, responsable técnico de Proyecta Gestión, OCU y ADICAE.